Diccionario
A
B C
D E
F G H
I J K
L M N
Ñ
O P Q
R S T
U V W
X Y Z
E
edad actuarial edad
del asegurado, en el seguro de vida, a efectos de tarificaicón
de riesgo. Se obtiene tomando como edad la fecha de aniversario más
cercana en el momento de realizar el contrato de seguro
edad límite en Seguro de Vida, edad mínima
o máxima preestablecida, por debajo o por encima de la cual,
la entidad aseguradora no acepta nuevas pólizas ni la renovación
de las ya existentes.
efecto diferido entrada en vigor de un acuerdo con
fecha posterior a su adopción, alcanzando sus consecuencias tan
sólo a las acciones y derechos que tengan lugar a partir de la
fecha en que se acuerda por todas las partes contratantes como de entrada
en vigor.
efecto directo atribución, por una norma comunitaria,
de derechos ejercitables por los particulares ante los órganos
jurisdiccionales de los Estados miembros del Espacio Económico
Europeo, por lo que el juez nacional está obligado a aplicar
las disposiciones con dicho efecto de una directiva, en supuestos de
incumplimiento de la obligación del Estado destinatario a trasponerla
correctamente.
efecto del seguro momento en que se inicia la vigencia
de las garantías de la póliza. Normalmente, la fecha de
efecto inicial coincide con la emisión de la póliza, aunque
es posible la existencia de efecto diferido o incluso, excepcionalmente,
retroactivo
endowment seguros de vida en los que, mediante el pago
de la prima, se van pagando los intereses de un crédito
evaluación del daño conjunto de actuaciones
realizadas por una entidad de seguros encaminadas a determinar, en caso
de siniestro, el valor económico de las pérdidas sufridas
por el asegurado
exclusión
delimita el riesgo que asume el asegurador expresando qué coberturas
no están incluidas dentro de las garantías de la póliza
o que estando incluidas cuando se dan determinadas circunstancias o
condiciones preestablecidas, el contrato no surte efecto.
exclusión de riesgo decisión, que generalmente
corresponde a la entidad aseguradora, en virtud de la cual no quedan
incluidas en las garantías de la póliza determinados riesgos
o, quedando incluidos éstos, las garantías del contrato
no surtirán efecto cuando concurran respecto a ellos determinadas
circunstancias o condiciones preestablecidas
expoliación sustracción o apoderamiento
ilegítimo de los bienes designates en la póliza contra
la voluntad del asegurado, mediante actos de intimidación o violencia,
realizados sobre las personas que los custodian o vigilan.
extensión del seguro conjunto de coberturas de una póliza
o de los riesgos amparados por ella. Se refiere también al alcance
territorial de las garantías de la póliza.
extinción de las obligaciones las obligaciones
se extinguen: por el pago o cumplimiento; por la pérdida de la
cosa debida; por la condonación de la deuda; por la confusión
de los derechos de acreedor y deudor; por compensación y por
novación.
extorno reembolso o devolución, total o parcial,
de la prima percibida anteriormente por la Entidad aseguradora (extorno
o retorno de prima) y /o de la comisión ya percibida por el mediador
(extorno o retorno de comisión) en caso de rescisión,
modificación, reemplazo o anulación de la póliza
o contrato de seguro.