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O

objeto del seguro se denomina así a la compensación en forma de indemnización dada por el asegurador como consecuencia del perjuicio económico sufrido en el patrimonio del asegurado, como consecuencia de que se haya producido un siniestro..

objetos especiales
entendiéndose como tales, -1 Escrituras, títulos, manuscritos, planos y en general, documentos que representen su valor o garantía en dinero. -2 Mobiliario, ajuar y materiales propios de cualquier actividad profesional, desarrollada en la vivienda asegurada. -3 Muestrarios y Objetos destinados a fines comerciales. -4 Remolques, caravanas y embarcaciones de recreo (en garaje)

obligaciones del asegurado son esencialmente las siguientes: -2 Descripción correcta y completa del objeto asegurable así como fijación de su valor económico. -3 Pago de la prima acordada - Notificación del siniestro producido

obligaciones del asegurador se refieren principalmente al pago de la indemnización acordada en póliza, una vez producido el siniestro. A título informal hay que destacar la existencia, en la práctica, de una serie de obligaciones complementarias del servicio que supone el seguro; en este sentido puede hablarse de la prevención de riesgos y la asistencia e información al asegurado.

obras de reforma entendiéndose como tales, las obras de acondicionamiento, mejoras y adaptación realizadas por el arrendatario de la vivienda asegurada

ocupante persona transportada en un vehículo de motor, o que se encuentre en su interior o sobre él cuando permanezca detenido por incidencias de la circulación

oferta de seguro para distinguirla de la solicitud de seguro, se da este nombre a la que efectúa el propio asegurador, que propone las condiciones y términos en que llevaría a cabo la cobertura del riesgo. De acuerdo con la legislación española, mientras que la solicitud no obliga al solicitante, la proposición u oferta de seguro realizada por un asegurador vincula a éste durante un plazo de quince días. En todo caso, por acuerdo de las partes, los efectos del seguro pueden retrotraerse al momento en que se presentó la solicitud o se formuló la proposición.


oneroso característica legal del contrato de seguro. Existe una prestación económica de por medio. De parte del asegurado pagar la prima. De parte del asegurador pagar la indemnización cuando se produce el evento previsto.